Para el cómputo de los recursos económicos de la unidad de convivencia, la instancia normalizada de solicitud incluirá una declaración jurada en la que los solicitantes hacen constar todos los recursos de los que dispongan.
Los equipos técnicos de los Servicios Sociales de Atención Primaria correspondientes elaborarán un informe social en el que se valore la procedencia o no de la RISGA, así como si es el caso, la propuesta de un proyecto de inserción.
El Ayuntamiento de residencia, en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud, le remitirá los informes, la propuesta de resolución y la restante documentación necesaria para poder continuar la tramitación del expediente a la delegación provincial de la consellería competente en materia de servicios sociales, para su cualificación y posterior resolución.
Las delegaciones provinciales de la consellería competente en materia de servicios sociales resolverán las solicitudes remitidas por los ayuntamientos en el plazo máximo de un mes desde su recepción.
No hay comentarios:
Publicar un comentario