viernes, 15 de abril de 2011

Duracion de las prestaciones RISGA

De zapatos y zapateros: Habría que ponerse en sus zapatos para comprenderle mejor.

Los beneficiarios de las prestaciones de la RISGA tendrán derecho a las mismas en tanto subsistan las causas que motivaron su concesión.

La RISGA se extingue una vez transcurridos cuatro años consecutivos de su percepción, excepto que fuese necesario mantener la percepción a causa de la situación de exclusión social o de desestructuración social y/o familiar de la unidad de convivencia, especialmente si hay menores en ella.

Cada doce meses se revisarán las condiciones de otorgamiento, y se evaluarán los resultados obtenidos. La resolución de la revisión decidirá renovar, modificar o extinguir la prestación, según proceda.

De no producirse resolución expresa sobre estos extremos, las prestaciones se entenderán tácitamente prorrogadas.


Foto: Flickr

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