sábado, 23 de abril de 2011

Una aproximacion a la RISGA I

La Renta de Integración Social de Galicia ( en adelante RISGA ) se configura como una prestación social destinada a garantizar recursos económicos de subsistencia a quien carezca de ellos, así como conseguir su autonomía e integración normalizada mediante un proyecto personalizado de inserción.

Los proyectos de inserción estarán constituidos por un conjunto coordinado y programado de acciones que tendrán como objetivo la mejora de la integración personal, familiar o social, así como si es el caso, la incorporación del beneficiario al sistema laboral.

La aceptación y cumplimiento de las acciones contenidas en los proyectos de inserción serán condición necesaria para la percepción de la prestación económica.

Consideramos que la RISGA, así entendida y bien aplicada, es una política sociolaboral muy necesaria de cara a conseguir la reinserción social y/o laboral de las personas afectadas por las diferentes formas de exclusión y marginación social. 

viernes, 22 de abril de 2011

Una aproximacion a la RISGA II



No obstante  a nuestro modo de ver, y tras analizar la ley, se tendría que realizar un proceso de reforma muy significativo, de cara a evitar que se produzcan las siguientes situaciones:
  • Que se convierta en un vehículo que “fomente la economía sumergida“, es decir, a los beneficiarios de  RISGA comunicar una inserción laboral les supone la disminución y en algunos casos la extinción de la prestación económica.  Por ello, se corre el peligro de que a muchas personas no les interese figurar de alta en la seguridad social. De esta manera, estos ingresos procedentes de la economía sumergida y que no declararían en ningún momento, los  sumarían  a la prestación económica de RISGA que en ese caso no sufriría modificación alguna.
Pobreza
  •  La pasividad y dependencia de los beneficiarios a esta prestación: la RISGA se compone de un proyecto de inserción y de una prestación económica. El proyecto de inserción sería el instrumento a través del cual la persona realizaría entre otras cosas, acciones individuales de búsqueda de empleo y formación. Lo ideal sería que los beneficiarios considerasen el proyecto como una ayuda profesional, y aprovechasen el tiempo que estuviesen incluidos en el dispositivo de RISGA para mejorar su formación, para utilizar los cauces disponibles de búsqueda de empleo, y para solicitar asesoramiento, si así lo considerasen necesario, al técnico responsable del seguimiento de su proyecto, mostrando iniciativa y motivación para el cambio. No obstante, se corre el riesgo de que a los beneficiarios únicamente les interese la parte económica, y muestren un alto grado de pasividad con respecto al cumplimiento con los objetivos que se establezcan en sus  proyectos de inserción. En este caso partiríamos de personas desmotivadas, que intentarían alargar el cobro de la prestación el mayor tiempo posible, que probablemente se dedicarían a la economía sumergida, y que cumplirían únicamente con los compromisos mínimos establecidos para no perder el derecho a la prestación.
  •  Que los beneficiarios consideren la RISGA como una “pensión vitalicia“ y no como una prestación económica de carácter temporal. Ligado a lo establecido en el apartado anterior para muchas personas en situación de desempleo o con ingresos insuficientes, disponer de unos ingresos fijos mensuales se convierte en un bien muy codiciado. Únicamente les interesaría el cobro de la prestación e intentarían, tal como se ha explicado, alargar su cobro el mayor número de años posibles.
  • Evitar el “ocultismo “: se puede correr el riesgo de que las personas no expongan claramente su situación. Saben que si informan que se dedican a la economía sumergida sus ingresos se verían mermados, por lo que tanto los solicitantes de esta prestación como los beneficiarios se pueden dedicar a mentir sobre su situación (“yo no trabajo en ningún sitio “, “busco empleo pero no encuentro “, “nunca trabajé y no se hacer nada “etc). Incluso, pueden llegar a decir que quieren realizar formación pero que no los seleccionan para ningún curso formativo (cuando en realidad serían ellos mismos los que pondrían trabas puesto que les coincidiría con un horario laboral no declarado), no presentarían currículos ni acudirían a entrevistas de trabajo o lo harían mínimamente porque la búsqueda de empleo le ocuparía una gran parte del tiempo de la que ellos no dispondrían  porque están trabajando…  Por ello, y partiendo de una completa mentira, esta política sociolaboral no tendría sentido y fracasaría por completo desde su inicio.

           Imagen: Flick

jueves, 21 de abril de 2011

Una aproximacion a la RISGA (y III)

Indigencia colombina

Consideramos que toda esta situación se podría evitar fundamentalmente realizando un seguimiento más exhaustivo y pormenorizado de los proyectos de inserción, apoyando y motivando a las personas, pero procediendo a dar de baja la RISGA de una forma rigurosa en todos aquellos casos tanto en los que se detecte un posible fraude, como en los que se observe falta de motivación, pasividad y dependencia por parte de los destinatarios a esta prestación.

Por otra parte, también observamos que una vía con la que se lograría favorecer la claridad y la transparencia pasaría por no descontar los ingresos procedentes de la economía sumergida. Con ello, se conseguiría que desde un principio la persona explicase claramente cuál es su situación laboral. Esto permitiría conocer sus habilidades y destrezas, y diseñar  los proyectos de inserción más ajustados a la situación real del destinatario de RISGA. De esta forma, el grado de compromiso y motivación por parte del destinatario se incrementaría notablemente. Consideramos además, que  dicha motivación y compromiso es fundamental de cara al éxito de esta política.


Imagen: Flickr

miércoles, 20 de abril de 2011

Requisitos de acceso a la RISGA

La mujer maltratada
Podrán ser beneficiarios de la Renta de Integración Social de Galicia aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
1.    Estar empadronado/a y tener residencia efectiva en cualquiera de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia, por lo menos durante un año inmediatamente anterior a la formulación de la solicitud. Quedan eximidas del cumplimiento de este requisito de un año:
Ø  Aquellas personas que, procedentes de otras Comunidades Autónomas del Estado español, sean beneficiarias del salario social en la Comunidad Autónoma de la que proceden, siempre que en la legislación de esa Comunidad se recoja la reciprocidad.
Ø  Las víctimas de violencia doméstica que cambian su domicilio por motivos de seguridad.
Ø  Los emigrantes gallegos retornados cuando fijen su residencia en Galicia. Igualmente, aquellas personas nacidas en Galicia que residiendo en otras comunidades autónomas vuelvan a fijar  su residencia en Galicia.
Ø  Los ciudadanos y las ciudadanas de otros estados no miembros de la Unión Europea necesitarán, además, acreditar la residencia legal en España en el momento de la formulación de la solicitud.
2.    Tener constituída una unidad de convivencia independente, vinculada económicamente a la persona solicitante.

3.    Tener una edad comprendida entre los 25 y los 65 años. No obstante, también podrán ser beneficiarios:
Ø  Menores de 25 años, que reunindo el resto de los requisitos, tengan menores a su cargo.
Ø  Personas mayores de 18 años que, teniendo reconocida la condición de minusvalía, no tengan derecho a prestación o ayuda de igual o análoga naturaleza.
Ø  Persoas mayores de 18 años que, antes de alcanzar la mayoría de edad, estuviesen tuteladas por la Xunta de Galicia e internadas en centros de protección de menores o en acogimiento familiar.
Ø  Las persoas mayores de 18 años en situación de orfandad absoluta que, reuniendo los demás requisitos, no tengan derecho a otras prestaciones o ayudas de análoga naturaleza.
4.    Disponer de recursos económicos inferiores a la cuantía de la prestación económica de la RISGA que en su caso le corresponda.

5.    Que no existan personas legalmente obligadas y con posibilidad real de prestar alimentos. A juicio del  órgano de resolución, se podrá eximir de este requisito aquellos solicitantes de los que se prevea que la obligación de alimento no se pueda hacer efectiva por malos tratos, relaciones familiares deterioradas o inexistentes, de las que exista constancia en su expediente. 


    
    Fuente: Flickr

martes, 19 de abril de 2011

Prestacion Economica RISGA

La prestación económica está integrada por tres componentes: subsidio básico, complemento variable y complemento de inserción.

A/ Subsidio básico: de cuantía fija, equivalente al 75% del importe mensual del indicador público de la renta de efectos múltiples(IPREM).

B/ Complemento variable: en función del número de miembros del hogar. Será la siguiente:

12% del importe mensual del IPREM por el primer miembro adicional.
10 % del importe mensual del IPREM por el segundo.
8 % del importe mensual del IPREM por cada uno de los restantes miembros adicionales.
Las personas beneficiarias que se mantengan en la percepción de la prestación después de cuatro años, solo tendrán derecho al subsidio básico con una cuantía mensual equivalente al importe mensual de la pensión no contributiva individual,  sin derecho a la percepción del complemento variable.

El importe que percibirá cada persona beneficiaria estará constituído por la diferencia entre la cuantía mensual de la RISGA que le correspondiese, y la de los recursos económicos de los que disponga y, en ningún caso, podrá superar el límite del 125% del IPREM  mensual.

C/ Complemento de inserción: la cuantía de este complemento que se pueda establecer en los correspondientes proyectos será determinada en función de sus especiales características, dedicación y gastos que implique.
Podrán beneficiarse de este complemento toda persona que, no siendo perceptora de la RISGA, esté incorporada a un proyecto de inserción.

lunes, 18 de abril de 2011

Proyecto de insercion


El proyecto de inserción será elaborado partiendo de las necesidades y características de cada caso, de tal forma que procure la autonomía personal, familiar y económica del beneficiario y consiga su integración social o laboral.

Por cada unidad de convivencia destinataria de la Renta de Integración Social de Galicia se deberá elaborar por lo menos un proyecto de inserción.

Todo proyecto de inserción para conseguir su finalidad deberá integrar acciones de la siguiente naturaleza:

Acciones que procuren la rehabilitación personal y familiar
Acciones que procuren la integración en el medio social
Acciones de motivación laboral, orientación profesional y formación ocupacional
Actividades de interés colectivo y social en entidades públicas o privadas
Actividades orientadas hacia el trabajo autónomo o cualquiera de las formas de economía social

Acciones tendentes a la plena incorporación al mercado de trabajo mediante la formalización del correspondiente contrato laboral.

Con la finalidad de incentivar la incorporación de los beneficiarios y beneficiarias de RISGA al mercado de trabajo, la Xunta de Galicia, primará especialmente, a las personas integrantes de dicho colectivo, a través de los incentivos tanto para la contratación por cuenta ajena como para el autoempleo y la economía social, dándoles el máximo nivel de ayuda que, en cada momento, permita la normativa vigente.

Los beneficiarios/as de RISGA tendrán prioridad para participar en los programas de colaboración con otras administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro, para la realización de obras y servicios de interés general o social, así como para su participación en programas mixtos de formación y empleo.

domingo, 17 de abril de 2011

Obligaciones beneficiarios RISGA



Los beneficiarios de RISGA quedan obligados a:


  • Destinar el importe de la prestación al fin para el que se concede.
  • Participar en las acciones o actividades que se determinen con el beneficiario dentro de su proyecto de inserción.
  • Escolarizar los menores a su cargo que estén en edad escolar obligatoria, garantizando su asistencia al centro de enseñanza.
  • No ejercer la mendicidad ni la prostitución, ni inducir a su práctica a ningún miembro de la unidad de convivencia.
  • Comunicar las variaciones sobrevenidas que pudiesen dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación.
  • Ejercitar cualquier derecho económico que le pudiese corresponder según la legislación vigente.
  • Cuantas otras obligaciones se deriven del objeto y de la finalidad de la RISGA.

sábado, 16 de abril de 2011

Procedimiento solicitud RISGA


El reconocimiento de la RISGA se realizará después de la solicitud del interesado, mediante la presentación en su Ayuntamiento del modelo normalizado, al que deberá acompañar los documentos necesarios para justificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Para el cómputo de los recursos económicos de la unidad de convivencia, la instancia normalizada de solicitud incluirá una declaración jurada en la que los solicitantes hacen constar todos los recursos de los que dispongan.

Los equipos técnicos de los Servicios Sociales de Atención Primaria correspondientes elaborarán un informe social en el que se valore la procedencia o no de la RISGA, así como si es el caso, la propuesta de un proyecto de inserción.

El Ayuntamiento de residencia, en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud, le remitirá los informes, la propuesta de resolución y la restante documentación necesaria para poder continuar la tramitación del expediente a la delegación provincial de la consellería competente en materia de servicios sociales, para su cualificación y posterior resolución.

Las delegaciones provinciales de la consellería competente en materia de servicios sociales resolverán las solicitudes remitidas por los ayuntamientos en el plazo máximo de un mes desde su recepción.

viernes, 15 de abril de 2011

Duracion de las prestaciones RISGA

De zapatos y zapateros: Habría que ponerse en sus zapatos para comprenderle mejor.

Los beneficiarios de las prestaciones de la RISGA tendrán derecho a las mismas en tanto subsistan las causas que motivaron su concesión.

La RISGA se extingue una vez transcurridos cuatro años consecutivos de su percepción, excepto que fuese necesario mantener la percepción a causa de la situación de exclusión social o de desestructuración social y/o familiar de la unidad de convivencia, especialmente si hay menores en ella.

Cada doce meses se revisarán las condiciones de otorgamiento, y se evaluarán los resultados obtenidos. La resolución de la revisión decidirá renovar, modificar o extinguir la prestación, según proceda.

De no producirse resolución expresa sobre estos extremos, las prestaciones se entenderán tácitamente prorrogadas.


Foto: Flickr

jueves, 14 de abril de 2011

Causas de la modificacion, suspension o extincion RISGA

MODIFICACIÓN:
Son dos las circunstancias que pueden dar lugar a la modificación de la RISGA:
  • Variación sobrevenida en el número de miembros de la unidad de convivencia
  • Una variación sobrevenida de los recursos económicos que sirvieron de base para el cálculo de la prestación económica.
SUSPENSIÓN:
Procede la suspensión de la prestación económica de la RISGA en los siguientes casos:
  • Cuando los recursos económicos superen en cómputo mensual, por un período inferior a seis meses, la prestación económica de RISGA correspondiente en cada caso.
  • Imposibilidad sobrevenida por parte del beneficiario de cumplir las obligaciones asumidas o la declaración legal de incapacidad.
EXTINCIÓN:
Las prestaciones de la RISGA se extinguirán por:
  • Pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.
  • Fallecimiento del beneficiario.
  • Incumplimiento de las obligaciones por causas imputables al beneficiario.
  • Mantenimiento de las causas que dieron origen a la suspensión.
  • Ocultación, falseamiento de datos o cualquier otra actuación fraudulenta dirigida a obtener o conservar la prestación económica.
  • Traslado de su residencia efectiva a un ayuntamiento que no esté comprendido en el territorio de la Comunidad Autónoma Gallega.
  • El transcurso de cuatro años consecutivos en su percepción.

martes, 12 de abril de 2011

Proyecto “INMIGRA“ dirigido a inmigrantes asentados en la ciudad de A Coruña.

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FUNDAMENTACIÓN

A pesar de la crisis, las cifras del Instituto Nacional de Estadística demuestran que la población inmigrante asentada en A Coruña ha ido consolidando su incremento durante los últimos años. Esto es debido a que aunque la situación económica española no está atravesando un momento favorable, es mejor que la que dejan los inmigrantes en sus países de origen.

El colectivo de inmigrantes llegados a la ciudad de A Coruña está formado fundamentalmente por rumanos, magrebíes, subsaharianos y latinoamericanos.
A su llegada a la ciudad todos ellos presentan múltiples problemáticas: situación irregular; diferencias culturales; desconfianza vecinal; desconocimiento del idioma, de los recursos existentes, de los cauces de búsqueda de empleo y formación, etc.

Por este motivo, la Unidad de Asesoramiento de Migraciones en coordinación con el Centro Municipal de Empleo del Ayuntamiento de A Coruña, ha puesto en marcha el proyecto “ Inmigra“, que tiene como finalidad promover la integración social y laboral del colectivo de inmigrantes.

Este proyecto se enmarca dentro del Programa “ Impulsa “ dirigido a fomentar la inserción laboral de los colectivos en riesgo de exclusión social.


El proyecto “ Inmigra “ tendrá como destinatarios a personas inmigrantes residentes en la ciudad de A Coruña, que presenten especiales dificultades de integración social y laboral.


Foto: Flickr

lunes, 11 de abril de 2011

Objetivos e indicadores proyecto inmigra

Inmigrante africano
OBJETIVO GENERAL

·         Mejorar la situación del colectivo inmigrante, facilitando su  inserción en todos los ámbitos (laboral, escolar, etc) y favoreciendo la adquisición, por parte de este colectivo, de un sentimiento de pertenencia a su nueva sociedad.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1.   Mejorar el conocimiento del idioma, tanto hablado como escrito.

2.  Mejorar el nivel formativo de este colectivo, con el fin de incrementar sus posibilidades de empleabilidad.

3.   Informar sobre los cauces disponibles de búsqueda de empleo

4.  Informar a los inmigrantes sobre su situación jurídica y los trámites administrativos a realizar.

5.  Proporcionar a la sociedad una imagen social más objetiva y positiva del colectivo inmigrante.

INDICADORES

Objetivo 1: Nº de personas que han aprendido la lengua española.

Objetivo 2: Nº de cursos de formación realizados.

Objetivo 3: Nº de cauces de búsqueda de empleo utilizados.

Objetivo 4: Nº de inmigrantes que han utilizado el servicio de asesoría jurídica.

Objetivo 5: Varió la imagen social del colectivo inmigrante ( SI / NO )

Tomando como referencia el número 0 como el valor más bajo y 10 como el más alto, se establecen los siguientes puntos de partida con respecto a cada uno de los objetivos establecidos. Al mismo tiempo se asigna una puntuación, siguiendo el mismo criterio, con respecto a lo que se pretende conseguir tras la implementación del proyecto:
 
PUNTO DE PARTIDA                            A ALCANZAR

           4              ………………………………..       10
           0              ………………………………..       8
           2              ………………………………..       10
           0              ............................       10
           6             .............................       10


Foto:Flickr

domingo, 10 de abril de 2011

Actividades proyecto Inmigra

INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO PARA LA ATENCIÓN AL INMIGRANTE
ACTIVIDADES

Se realizará un itinerario personalizado de inserción con cada uno de los participantes en el proyecto.

Con ello, se pretende orientar a cada participante al curso que más se ajuste a sus necesidades.

En función de esto, se orientará a los participantes a la realización de los siguientes cursos de formación:

·         Curso de español para inmigrantes.

·         Curso con compromiso de contratación de:

-      Hostelería: con el fin de que los inmigrantes conozcan la gastronomía de nuestro país facilitando la inserción laboral en este campo.

-      Curso de competencia marinera: compuesto por diferentes módulos que tendrán por objetivo que los inmigrantes dispongan de la titulación necesaria para poder embarcar.

-      Curso de intercambio cultural: en el que tanto los inmigrantes como las personas autóctonas compartirán información sobre los usos y costumbres de sus países de origen, favoreciendo que los inmigrantes adquieran un sentimiento de pertenencia a su nueva sociedad.

De forma simultánea, se realizarán cursos de:

·         Habilidades para la búsqueda activa de empleo: en el que se enseñará a los participantes como elaborar un curriculum vitae, carta de presentación, y donde se mejorarán las técnicas de presentación en una entrevista de trabajo.

·         Puesta en común de ofertas laborales: en este curso se informará diariamente a los participantes de las ofertas laborales existentes.

sábado, 9 de abril de 2011

Ejecucion, recursos y evaluacion proyecto Inmigra

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EJECUCIÓN
Este proyecto se pondrá en marcha en septiembre de 2011 y finalizará en junio de 2012.

La duración de cada uno de los cursos queda reflejada en el siguiente cronograma:


SE.11
OC.11
NO.11
DIC.11
ENER.12
FEB.12
MARZ.12
ABR.12
MAY.12
JUN.12
ESPAÑOL










HOSTELERIA



MARINERIA






INTERCAMBIO



BUSQUEDA EMPLEO










OFERTAS LABORALES











RECURSOS

MATERIALES Y TÉCNICOS: Para la ejecución del proyecto se utilizarán los recursos materiales y técnicos de la Unidad de Asesoramiento de Migraciones del Ayuntamiento de A Coruña, utilizando sus aulas para impartir los mencionados cursos.

Para la realización de las prácticas, se contará con la colaboración de las empresas privadas, que cederán sus instalaciones.

HUMANOS: Como recursos humanos se contratarán a tres profesionales especializados (uno para cada curso con compromiso de contratación ) para impartir las materias objeto de estudio.

Con respecto al curso de “ Habilidades para la búsqueda activa de empleo “ y “ Puesta en común de ofertas laborales “ se contará con la colaboración de dos técnicos de búsqueda de empleo que desenvuelvan su actividad en el Centro Municipal de Empleo del Ayuntamiento de A Coruña.

Para el asesoramiento legal se contará con la colaboración del asesor jurídico que prestar sus servicios en la Unidad de Asesoramiento de Migraciones.

FINANCIEROS: Para la ejecución del proyecto se contará con una subvención del Ayuntamiento de A Coruña que destinará una partida presupuestaria para tal fin.



EVALUACIÓN


Se realizará una evaluación continua durante todo el proceso, a fin de poder introducir durante la ejecución del proyecto las mejoras que se consideren necesarias para asegurar su éxito.

Así mismo, se realizará una evaluación final donde se evaluarán los éxitos y fracasos tras la implementación del proyecto.


Foto: Flickr